Adopción y unión homosexual

La recta formación de un niño requiere la acción conjunta de elementos referenciales femeninos y masculinos

 
Sábado 19 de junio de 2010 | Publicado en edición impresa - Editorial Diario LA NACION
 

Es sabido que, tras la pretensión de desnaturalizar el matrimonio incorporando la unión homosexual a él, vendrá el intento de legalizar la adopción de menores por los "contrayentes", como los llama alguno de los proyectos de ley. Y este intento de remedo de matrimonio y de supuesta vocación adoptiva vale tanto para la unión homosexual, que algunos proponen como un nuevo instituto, como para la pretendida y equivocada asimilación al matrimonio.

En cualquiera de los casos, los "contrayentes" aspiran a adoptar niños y criarlos. El tema ha despertado fuertes polémicas.

No es para menos. Estudios norteamericanos a cargo de expertos en ciencias del comportamiento de la Universidad de Carolina del Sur llegaron a la conclusión de que los menores que viven y son criados por parejas homosexuales han padecido fuertes emociones, como miedo, inseguridad, ansiedad, aprehensión, vergüenza y enojo al tratar de esconder o negar la homosexualidad de los "padres, molestarse por recibir sobrenombres dolorosos y alteración de sus amistades".

Afirman también que ya existen conclusiones científicas sobre la mayor probabilidad de que los niños en cuestión desarrollen una tendencia a la homosexualidad, teniendo en cuenta que los niños tienden a imitar y copiar los roles de vida de sus padres. Testimonios recientes exponen la resistencia de padres biológicos a que sus hijos sean formados en la idea de que el "matrimonio" homosexual es igual al matrimonio heterosexual.

Siempre hemos pensado que la recta formación psicológica y afectivo-sexual de un niño requiere la acción conjunta de elementos referenciales femeninos y masculinos; que la influencia determinante de una pareja heterosexual produce un impacto positivo en el imaginario infantil y adolescente y aporta un valioso modelo de ejemplaridad sobre todos los miembros de la familia.

La idea de que los niños son "cobayos" con los cuales se puede justificar cualquier experiencia es, sin duda, violatoria de nuestras leyes y de la Convención de los Derechos del Niño. Lo que esta pretensión adoptiva olvida es que se está violando el verdadero fin y objeto del instituto de la adopción, que es el interés del menor por adoptar, y que además, como se ha dicho, se lo está privando de la riqueza de la diversidad sexual en su crianza y educación. Este daño es imposible de medir, pero de una evidencia incontrastable.

Los argumentos pseudoprogresistas, de que ello importa una discriminación o un prejuicio ideológico o religioso, no resisten el análisis del sentido común. El niño es el centro de la adopción, no los padres, y nadie discute que, con la posibilidad de elegir, el niño o quien lo represente (el Estado, por caso) no debe elegir un hogar homosexual, pudiendo elegir una pareja heterosexual.

El niño se merece una familia, y recientemente hemos señalado desde estas columnas el escándalo de que hay 6000 familias heterosexuales, en espera para adoptar, y no pueden hacerlo por trabas burocráticas e ideológicas.

Lo que aquí señalamos no va en desmedro, por supuesto, de la dignidad esencial de todas las personas en relación con la libre elección de su orientación sexual y del modo de canalizarla.

Pretendemos señalar que, simplemente, cuando se trata de convalidar una adopción legal, nada puede importar más que el supremo interés de ese niño o niña a ser adoptado. Y es sólo desde esa preocupación por el niño que la cuestión debe ser analizada, ya que de ningún modo está demostrado que la vida con padres homosexuales vaya a resultar inocua para su formación.

Los legisladores debieran centrar su atención en la niñez argentina, no en los deseos de mayores de edad que han elegido libremente una unión homosexual ni mucho menos atenerse a conveniencias políticas, desvaríos ideológicos o pseudoargumentos de supuestas discriminaciones, a todas luces inexistentes.

De aprobarse por ley el casamiento homosexual, al no presentar problemas para determinar la filiación por considerarse imposible la reproducción entre personas del mismo sexo, podría habilitarse ese tipo de uniones para más de dos personas.

Por disparatada que parezca esta idea, sugerida en una carta de lectores publicada en este diario, no es inválida. Aquellos que no pueden casarse, en ese caso, podrían sentirse discriminados.

La única forma de que no haya discriminación sería que el casamiento homosexual permita la unión de dos o más contrayentes. De ser así, por la teoría del absurdo, el casamiento heterosexual debería seguir la misma senda, sin un número limitado de contrayentes.

 

El escándalo de la adopción

Es necesario avanzar hacia un régimen para adoptar menores que contemple, ante todo, el derecho del niño a crecer en una familia

 
Martes 8 de junio de 2010 |

Nuestra experiencia y la crónica diaria dan cuenta de una realidad de humillación, abandono y penosa privación de nuestros niños, que contrasta cada vez más con las declaraciones altisonantes de legisladores y políticos en torno de los derechos del niño, garantizados por convenciones internacionales y disposiciones constitucionales.

Sólo en la ciudad de Buenos Aires y el Gran Buenos Aires, hay alrededor de 6000 familias anotadas en los registros de adopción; no hay, en cambio, como lo hemos denunciado reiteradamente, registros de niños en condiciones de ser adoptados. Se sabe sí, según el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que hay 8625 niños y niñas en institutos y que de éstos sólo el 12 por ciento lo está por delitos, mientras que el resto está institucionalizado por motivos tutelares, por ser víctima o, en definitiva, a causa del abandono y la pobreza.

El interés del niño, sobre el que tanto se declama, a menudo es utilizado para satisfacer ansias antinaturales de paternidad, para el negocio de la venta de menores o para cobrar una pensión o subsidio en su nombre, se ve muchas veces postergado.

Resulta evidente que no es lo mismo que un niño crezca en una familia sustituta o que lo haga en un instituto. El 40 por ciento de los chicos que pasan por los institutos terminan presos más adelante. Para terminar con este sistema nefasto, la adopción es el mejor de los caminos.

En esa línea avanza un proyecto de reformas al régimen de adopción presentado el año pasado por los diputados Cynthia Hotton, Esteban Bullrich, Liliana Bayonzo, Silvia Storni, Hugo Rodolfo Acuña, Julián Martín Obiglio, José Ricardo Brillo, Ivana María Bianchi y Enrique Luis Thomas, que cita incluso a la senadora Liliana Negre de Alonso cuando se pronuncia en favor de un proceso de "desinstitucionalización" en lo que respecta a los institutos de menores

La iniciativa tiene la virtud de llamar las cosas por su nombre: el niño tiene un derecho humano a crecer en una familia, y la adopción unipersonal debería ser sólo admisible en caso de que no existan cónyuges interesados en adoptar a un niño; en ese caso, el juez podrá optar como adoptante a una sola persona, mayor de 25 años y por lo menos 18 años mayor que el adoptado, salvo cuando el cónyuge supérstite adopta al hijo adoptado del premuerto. De todas maneras, y más allá de situaciones particulares, el derecho del niño a una familia regular es innegable.

Se propone un régimen de prioridades en materia de niños por adoptar, se mantienen la autoridad y decisión del juez, se propone reducir la edad de los adoptantes, establecer la obligación de residencia en el país durante cinco años, cuidar la unión de los hermanos biológicos y respetar la elección de la madre biológica de determinados adoptantes. Se prevé que la madre podrá dejar a su niño en las dependencias policiales, de bomberos, judiciales o similares, sin cometer delito de abandono de persona. Esta sabia iniciativa debería combinarse con el registro de niños que se propuso desde esta página en su momento y que relevaría la información de todos esos lugares, más los establecimientos médicos y de asistencia social de todo tipo.

El abandono se configura, además de las hipótesis habituales, por la desatención del niño institucionalizado durante seis meses, considerándose incursos en él a los padres que por tres veces interrumpieran el plazo en fecha cercana a su vencimiento. Es que hay padres que prolongan la situación para poder seguir cobrando un beneficio social, y el niño sigue sin hogar y en una escuela de delito.

En cuanto a los padres biológicos, en el caso de los embarazos no deseados, se le da a la madre el derecho a no ejercer su maternidad luego del parto si no lo desea, se la apoya psicológicamente para intentar mantener el vínculo, pero sólo si la madre lo desea. El vínculo biológico es muy importante, pero no debe convertir a los niños en rehenes de sus padres, no puede primar sobre el interés del niño y su derecho a una familia, como bien ha dicho la Corte Suprema en recientes pronunciamientos.

Respecto de los institutos, los obliga a elevar informes cada seis meses sobre los niños y jóvenes internados. Se trata, en definitiva, de dar un corte a la escandalosa brecha entre las familias en condiciones de adoptar y los niños adoptables. Brecha que a menudo no se cierra por razones ideológicas, como se ve en la forma de actuar de ciertas instituciones del Poder Judicial y de la administración pública y, en ocasiones, del ministerio público de la defensa de menores, cuyos resultados, a través del argumento de que hay que evitar el tráfico de niños o que hay que dar una oportunidad más a los mayores, son la prolongación de las definiciones por tiempos insoportables para los niños. Otras veces, las razones son burocráticas o, lo que es peor aún, meros intereses económicos.

Los niños excluidos deben ser incluidos, tienen un derecho humano a que sea en el seno de una familia, y es deber de la sociedad y del Estado velar por que ello se cumpla. La adopción es el mejor camino y el Congreso de la Nación debería allanarlo.